La Agencia Nacional de Telecomunicaciones de Brasil (Anatel) abrió esta semana una consulta pública referida al Servicio de Comunicación Multimedia (SCM). El ente regulador define al SCM como un conjunto de servicios fijos de telecomunicaciones de interés colectivo, prestados en el ámbito nacional e internacional, en régimen privado, que posibilita la oferta de capacidad de transmisión, emisión y recepción de informaciones multimedia, utilizando cualquier medio, a suscriptores dentro de una misma área de prestación. Las informaciones multimedia incluyen señales de audio, video, voz y datos, entre otros. Entre esos servicios figuran la TV educativa, videoconferencias, transporte de señales de empresas productoras o distribuidoras de programación para prestadoras de servicios de radiodifusión o de TV por cable, MMDS y DTH, más transmisiones de programación entre emisoras de radiodifusión.El documento expuesto públicamente para ser evaluado prevé la provisión, por parte de las empresas autorizadas, de señales de video y audio, de forma no permanente y por medio de contrato específico, prohibiendo la oferta de servicios con características de Servicio Telefónico Fijo Conmutado (STFC)destinado al público en general.La primera presentación hecha por Anatel sobre el SCM generó un gran malestar entre las operadoras de televisión paga del país por no precisar con claridad los límites sobre algunos servicios que sólo pueden entregar las licenciatarias de TV. Una ‘súmula’, incluída en el reglamento recientemente, conformó a la ABTA al aclarar que no se permite que la señal transportada por la prestadora sea distribuida de forma simultánea para abonados como ocurre con los servicios de TV cable, MMDS y DTH. En el caso de radiodifusión, la señal no debe ser recibida directamente y libremente por el público.El agregado cita textualmente: “Está vedado efectuar transmisión, emisión y recepción de informaciones de cualquier naturaleza que puedan configurar la prestación de servicio de radiodifusión o de los servicios de cable, MMDS y DTH, así como proveer señales de video y audio, de forma irrestricta y simultánea, para abonados, en la forma y condiciones previstas en la reglamentación de aquellos servicios”.Actualmente son 38 las empresas que esperan autorización de la Anatel para la prestación del SCM. Una vez entregada la autorización, el permisionario tendrá 18 meses para comenzar la explotación del servicio.