En México se
publicó una nueva regulación en materia de comunicación vía satélite que
actualiza la normativa vigente, el Reglamento de Comunicación Vía Satélite,
luego que fuera aprobada por el pleno del Instituto Federal de
Telecomunicaciones (IFT). Entre sus argumentaciones, aparece 5G como un
elemento destacado.
Dentro de
los principales tópicos que aborda esta nueva regulación se encuentran: la
introducción de la figura de “autorización genérica” de estaciones terrenas
transmisoras (o blanket license), por medio de la cual a través de una sola
licencia se autoriza el despliegue y operación de diversos modelos de
estaciones terrenas transmisoras, lo cual dará más agilidad y flexibilidad al
despliegue de infraestructura satelital.
Flexibiliza
el uso privado con propósitos de radioaficionados vía satélite, sustituyendo el
modelo actual por un registro simplificado ante el Instituto. Considera las
misiones de corta duración, que son de gran importancia para la investigación y
la innovación por parte de las instituciones públicas de educación superior, y
la regulación adecuada de un plan de reemplazo satelital, la desorbitación, reubicación
y operación en órbita inclinada para buscar garantizar la preservación de los
recursos orbitales asignados a favor del Estado Mexicano.
“Las
comunicaciones vía satélite también son un factor importante para la
habilitación integral del ecosistema 5G, ya que al integrar los componentes
terrestres y espaciales se pueden ofrecer servicios en áreas fuera de la
cobertura terrestre, incluyendo aeronaves y embarcaciones, cumpliendo con una
diversidad de propósitos que van desde el problema de la ‛última milla’ hasta
conexiones en movimiento, redundancia para servicios de emergencia críticos,
redes de borde y áreas de tráfico denso de Internet de las cosas, fuera de las
ciudades ya altamente interconectadas” se estableció en comunicado
“La evolución tecnológica en la
infraestructura de los sistemas satelitales y el cambio en los modelos de negocios
en el sector satelital requieren de una regulación en la materia que se adapte
y actualice periódicamente, con lo que se facilite su implementación y así
impulsar el desarrollo adecuado de este sector en México, ya que como se
mencionó, las comunicaciones vía satélite son diversas y se utilizan en
distintas actividades económicas”.
La precisión
del IFT al momento de argumentar este cambio, también involucra una
cuantificación del escenario satelital local y repasa que, a noviembre de 2022,
hay 39 títulos habilitantes registrados y vigentes, que corresponden a
concesiones de recursos orbitales y a autorizaciones de aterrizaje de señales.
De ellos, 33 empresas o instituciones son titulares de alguno de los títulos
habilitantes. Pero también precisa que hay 322 títulos habilitantes
correspondientes a 286 operadores de autorizaciones de estaciones terrenas
transmisoras.
Esta nueva
normativa entrará en vigor tras 30 días hábiles de realizada su publicación
oficial. A su vez, los concesionarios de recursos orbitales deberán presentar
en 60 días (si es que no lo hicieron aún), un plan de reemplazo que les permita
ajustarse a estas nuevas reglas.